Los empleados domésticos percibirán con su sueldo de marzo el aumento dispuesto por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social mediante la Resolución Nº 1.306/2007.
Dicha resolución estableció que los trabajadore de este ámbito tuvieran un aumento salarial en dos etapas: noviembre y marzo.
Estos son los montos mínimos a partir de marzo
CATEGORIA MARZO 2008
PRIMERA $1114.00
Incluye a institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses
SEGUNDA $1034.00
Incluye a cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas, valets y porteros de casas particulares
TERCERA $1010.00
Incluye a cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, ayudantes/as, caseros y jardineras
CUARTA $906.00
Incluye aprendices en general de 14 a 17 años de edad
QUINTA 8 o más horas diarias por hora
Personal con retiro que trabaja diariamente $906,00 $6.90
PERSONAL POR HORA DE CASAS PARTICULARES Máxima de 4 horas de trabajo diarias Cada hora que exceda las 4 horas diarias
Incluye a planchadoras, lavandera y/o personal de limpieza $453.00 $ 6.90