19 de noviembre de 2010

Aumentan un 23% la remuneración de los empleados domesticos

Damos a conocer una noticia de último momento y como se esperaba en el día de hoy el Gobierno aumenta en 22% la remuneración que perciben las empleadas domésticas, incremento que rige a partir de este mes.
La medida que se dio a conocer a través de la resolución 1297/2010 ( http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175284/norma.htm ) emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social eleva a $12,63 el costo de la hora.

Por lo tanto, el nuevo esquema vigente es el siguiente:

REMUNERACIONES A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2010.

PRIMERA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas
de compañía y nurses) $2.037,77.
(Personal sin retiro)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas
de compañía y nurses) $ 2.271,44.
SEGUNDA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas,
valets y porteros de casas particulares) $ 1.891,17.
(Personal sin retiro)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas,
valets y porteros de casas particulares) $ 2.107,43.

TERCERA CATEGORIA:
(cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, 4
ayudantes/as, caseros y jardineras) $ 1.847,63.

CUARTA CATEGORIA:
(aprendices en general de 16 a 17 años de edad) $ 1.657,50.

QUINTA CATEGORIA:
(personal con retiro que trabaja diariamente).
- 8 horas diarias $ 1.657,50.
- por hora $ 12,63.

Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $ 828,75.
“Hora de excedencia” $ 12,55.

La adecuación salarial dispuesta por esta Resolución será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia.
Seguramente en los próximos días tambien se actualice la escala salarial aplicable a Córdoba.

8 de noviembre de 2010

Nuevo sistema para consultar pago de las cargas sociales de los domésticos

En este caso comentamos la nueva novedad para un mayor control de los empleados domésticos, que van a poder consultar la cuenta corriente de sus cargas sociales por internet, es una herramienta conocida por los contadores que es la cuenta corriente de los autónomos y monotributistas (CCMA) que puede llegar a ser un poco compleja pero entendible. La misma se accede con clave fiscal. Para más información y cuando aparezcan en internet vamos a postear los nuevos formularios y comentarios sobre la herramienta.

PERSONAL DOMÉSTICO: LOS TRABAJADORES PODRÁN COMPROBAR LOS APORTES REALIZADOS POR SUS EMPLEADORES


  • Los trabajadores del servicio doméstico ahora podrán consultar por Internet, los pagos que realizan sus dadores de trabajo en concepto de Seguridad Social y Obra Social.
  • La medida abarca a más de 450.000 trabajadores del servicio doméstico que se encuentran registrados
  • Se aprueban nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones.
  • La nueva herramienta permitirá además, que las correcciones o reimputaciones de los pagos efectuados en forma errónea, se tramiten con mayor agilidad.

Con el objetivo de mejorar los controles y el servicio al contribuyente, la AFIP incorpora una nueva herramienta de fácil acceso, vía Internet, que permite a los trabajadores del servicio doméstico verificar y controlar los pagos que realiza su dador de trabajo en concepto de seguridad social y obra social.

Para comprobar los aportes realizados, los trabajadores deberán ingresar a la página web de AFIP (www.afip.gob.ar) al servicio denominado “Cuenta Corriente de Monotributistas y Autónomos”. Se accede con Clave Fiscal, que si el trabajador no la posee, la puede obtener personalmente en cualquier agencia AFIP.

El Régimen Especial de Seguridad Social para Empleados del Servicio Doméstico fue dispuesto por la AFIP mediante la Resolución General N° 2958, la que aprueba además nuevos volantes de pago F. N° 102/B y 575/B para facilitar el ingreso de las obligaciones de los aportes y contribuciones del mencionado régimen.

Asimismo, esta herramienta permitirá que las correcciones (reimputación) de los pagos efectuados en forma errónea se tramiten con mayor agilidad, ya que ahora se realizarán en forma inmediata a la presentación de la solicitud en las Agencias DGI, sin requerir la intervención de las áreas centrales de la AFIP para la correcta derivación de los fondos a los organismos de la Seguridad Social.

Con esta medida, la AFIP apuesta a la incorporación de nuevas tecnologías, sumando valor agregado a las operatorias de control que realiza el Estado. Acceso a la información para los trabajadores es integridad y transparencia.