
En el día de la fecha también se publicó las nuevas escalas salariales para la provincia de Córdoba, es de destacar que en esta oportunidad las modificaciones fueron simultáneas no generando incertidumbre en los empleados de Córdoba.
Como siempre hay que agregar que son sueldos mínimos legales que impone el Ministerio de Trabajo por lo tanto, todo se puede pactar por encima de los mismo de acuerdo a lo que se convenga con el empleado o lo que determine la oferta y demanda del servicio.
REGIMEN DE TRABAJO DEL PERSONAL DOMESTICO (DECRETO-LEY 326/56)REMUNERACIONES CONFORME LAS CATEGORIAS DELDECRETO Nº 3922/75 DE LA PROVINCIA DE CORDOBAA PARTIR DE 1º DE NOVIEMBRE DE 2011.
$ 2.526,34
SEGUNDA CATEGORIA: (Empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en general empleados y auxiliares para todo trabajo)
$ 2.344,91
TERCERA CATEGORIA: (Empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico)
$ 2.290,88
CUARTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 2.290,88
QUINTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 2.054,64
SEXTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 1.705,40
Fíjase la retribución mínima para el personal doméstico que trabaje por hora en la suma de PESOS QUINCE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 15,65.-) la que tendrá vigencia a partir del 1º de noviembre de 2011.
Les dejo la norma completa: