Este Blog del site www.portaldeldomestico.com.ar ha sido desarrollado para comentar y analizar en profundidad novedades sobre la temática del servicio doméstico a fín de ser un medio más dinámico de gran utilidad tanto para el dador de trabajo como para el empleado doméstico.
30 de diciembre de 2009
Felicidades!!!
Saludos
Cdor. Alejandro Scachi


22 de diciembre de 2009
Regimen especial de domésticos sin aumentos ni plan de pagos





2 de diciembre de 2009
Nuevas escalas salariales Pcia de Cordoba Noviembre 2009

Por medio de la RESOLUCIÓN (Min. Trabajo, Empleo y Seguridad Social) 1141/2009 de fecha 17/11/2009 BO:23/11/20009 se establecio los siguientes sueldos mínimos:
RÉGIMEN DE TRABAJO DEL PERSONAL DOMÉSTICO
(DL 326/1956)
REMUNERACIONES SEGÚN CATEGORÍAS
DECRETO 3922/1975 DE LA PROVINCIA DE CÓRDOBA
A PARTIR DEL 1 DE NOVIEMBRE DE 2009
PRIMERA CATEGORÍA:
(institutrices, preceptores/as, gobernantes/as, amas de llaves, mayordomos, damas de compañías y nurses): $ 1.643,15
SEGUNDA CATEGORÍA:
(empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros, y en general empleados y auxiliares para todo trabajo): $ 1.525,15
TERCERA CATEGORÍA:
(empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico): $ 1.490
CUARTA CATEGORÍA:
(empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera): $ 1.490
QUINTA CATEGORÍA:
(empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera): $ 1.336,35
SEXTA CATEGORÍA:
(empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera): $ 1.109,20
Para ver la norma completa: http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/160544/norma.htm
17 de noviembre de 2009
Escalas salariales personal doméstico a partir de Noviembre 2009

Dejamos el link a la redacción de la normativa donde se puede ver la novedad http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/160000-164999/160280/norma.htm y subimos un gráfico muy explicativo que publico Infobae.

2 de noviembre de 2009
Asignación por hijo: ¿también para domésticas en blanco?

El titular de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Diego Bossio, afirmó que la asignación nacional por hijo "incluirá a las empleadas domésticas".
En declaraciones a la prensa cordobesa, el funcionario señaló: "Es uno de los puntos que falta reglamentar. No están involucradas en la norma pero a priori van a cobrar. Serán incluidas".
De acuerdo a estimaciones privadas, en el país hay unas 450 mil empleadas domésticas registradas, aunque habría otras 500 mil que no fueron inscriptas por sus empleadores a pesar de la moratoria gratuita que el Gobierno lanzó a principio de este año.
Según Bossio, el cobro será de instrumentación inmediata ya que los trabajadores informales serán identificados "gracias a cruces de bases de datos" y los restantes deberán firmar declaraciones juradas.
En principio, los interesados en percibir la asignación deben corroborar desde el próximo miércoles si figuran en la base de datos de la Anses, y si no lo están tienen que hacer el reclamo e inscribirse, según NA.


29 de octubre de 2009
Vacaciones

Para determinar la extensión de las vacaciones debe atenderse a la antigüedad de los trabajadores al servicio del empleador, por lo tanto corresponden:
* 10 días hábiles cuando la antigüedad fuera superior a 1 año y no exceda de 5 años;
* 15 días hábiles cuando la antigüedad fuera superior a 5 años y no exceda de 10;
* 20 días hábiles cuando la antigüedad fuera superior a 10 años


12 de octubre de 2009
Dudas frecuentes del régimen

Hoy hacemos un post con algunas consultas frecuentes que me han realizado en el blog, o por correo electrónico:
- Una de las más frecuentes últimamente es sobre el blanqueo laboral que hubo durante todo el año y que se prorrogó hasta enero de 2010. Hay que dejar claro que el mismo NO incluye a los empleados domésticos. En algún momento se menciono que se iba a crear un plan de regularización y facilidades para los empleados domésticos pero el mismo nunca se termino de implementar. Por lo tanto, en el caso de querer regularizar deudas de empleados domésticos las mismas se deben abonar adicionandole los intereses y no se pueden hacer en cuotas.
- En segundo lugar vamos a ver el tema del adicional por antiguedad que en algún momento nos han consultado como se cálculaba, en el regimen del servicio doméstico no existe ningún adicional en las escalas para el rubro antiguedad por lo tanto, no es obligatorio abonarlo, sin perjuicio de que el empleador puede decidir voluntariamente el mismo y su forma de cálculo.
- Por último, vamos a comentar en el caso de que una empleada trabaje para más de un empleador o dador de trabajo, más de 6 horas de trabajo para cada uno, en ese caso de debe proceder igualmente como cada empleador independientemente o sea, que cada uno debe abonar lo que corresponda en función de las horas trabajadas.


26 de agosto de 2009
Modelos de telegramas y notas para Empleados domésticos

MODELO DE LAS PRINCIPALES COMUNICACIONES DEL EMPLEADOR ( Uso orientativo)
Atento a su llegada tarde en el día de la fecha le notificamos que queda amonestado, bajo apercibimiento de que la reiteración de la falta será sancionada con suspensión. Colaciónese.
Atento a su falta consistente en ausencia injustificada a su puesto de trabajo, y atento las prevenciones formuladas, queda suspendido desde el …………. hasta el ……………. Inclusive, previniéndole que su reiteración será sancionada con mayor severidad. Colaciónese
- SUSPENSIÓN POR RAZONES DISCIPLINARIAS: LLEGADAS TARDE
Atento a su falta consistente en haber llegado tarde a su puesto de trabajo, y atento las prevenciones formuladas, queda suspendido desde el …………. hasta el ……………. Inclusive, previniéndole que su reiteración será sancionada con mayor severidad. Colaciónese
- SUSPENSIÓN POR RAZONES DISCIPLINARIAS: REITERACIÓN DE FALTAS SIN AVISO E INJUSTIFICADAS
Atento a sus reiteradas faltas sin aviso, ni justificación, y a su nueva falta sin aviso, ni justificación del día …………. , queda suspendido desde el día ……………. hasta el día inclusive, previniéndosele que de continuar con su actitud será despedido por su culpa. Colaciónese.
MODELO DE TELEGRAMAS DE ABANDONO DE TRABAJO
Por encontrarse ausente sin aviso desde el día 02/05/06, intimamos reanude tareas término 48 hs, caso contrario consideraremos abandono de trabajo. Colaciónese.
No habiéndose presentado a trabajar conforme a los términos del telegrama nº _____________ de fecha __ / __ / __, consideramos resuelto el contrato de trabajo por su abandono. Colaciónese
Notifico a ustedes, en razón de haberse omitido y vencido el plazo legal de comunicación del comienzo de mis vacaciones conforme al artículo 157 de la LCT, que gozaré de las mismas a partir del ______ de __________ de ______ al _____ de ____________ de ______ .
Firma del trabajador
SUSPENSIÓN DE LAS VACACIONES POR ENFERMEDAD DEL TRABAJADOR
Por medio de la presente notifico a ustedes que por enfermedad sobreviniente al inicio de mis vacaciones ocurrida el ___________ debo interrumpir las mismas iniciadas el _____________ Mi residencia temporaria es _______________.
SOLICITUD DE FRANCO COMPENSATORIO
Habiendo prestado servicios en mi descanso semanal, solicito el otorgamiento de un descanso compensatorio el día __________, por haber prestado servicios el día____________, conforme lo establece el artículo 207 de la LCT.
AVISO DE ENFERMEDAD O ACCIDENTE INCULPABLE AL EMPLEADOR
Por medio de la presente notifico a ustedes __________, que estando imposibilitado de prestar servicios por enfermedad, me encuentro cumpliendo reposo en mi domicilio.
Ante su negativa de trabajo, intimo término 48 horas aclaren situación laboral bajo apercibimiento de considerarme despedido por su culpa.
Atento el atraso en el pago de mis haberes correspondientes al mes de ___________ de ________, intímoles los paguen dentro del plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de considerarme despedido por su culpa.
Ante una liquidación inexacta intimo plazo 48 horas, rectifique la misma y abone la suma de $ ______ conforme a los siguientes conceptos: ............ ; en caso contrario iniciare acciones legales. Colasiónese.
7 de agosto de 2009
Obra Social para empleados domésticos

Las empleadas domésticas que no elijan la obra social van a ser asignadas a una entidad por parte de la Superintendencia. El problema es que esa asignación se puede demorar porque el formulario de pago del aporte mensual no tiene el domicilio de la empleada doméstica. Y eso dificulta su asignación y la correspondiente comunicación a la empleada acerca de cuál es la obra social que le corresponde.
El régimen de personal doméstico funciona así:
Para inscribirse, la empleada debe tener número de CUIL, que con el DNI se obtiene en cualquier oficina de la ANSeS.
Luego, a través del Formulario 102 de la AFIP, disponible en las agencias y por Internet, hay que abonar la cuota mensual de 81.75 pesos por mes ( En caso de más de 16 hs semanales). Y con el formulario Nø 575 la de los integrantes de su familia ( $ 39 por cada hijo). El Formulario Nø 102 sirve como recibo de cobro de la empleada y comprobante para el patrón.
Con el comprobante de pago, la empleada ya está en condiciones de inscribirse en la obra social que elija.
Para tener derecho a las prestaciones, el afiliado o sus familiares deben estar al día en el pago de la cuota mensual. La cuota mensual se paga en los bancos habilitados o en Pago fácil, Rapipago y Bapropagos. También por Internet a través del sistema "Pago mis cuentas".
Para la empleada, con el pago de la cuota mensual, además de la cobertura médica de la obra social, tiene derecho a la pensión por invalidez y fallecimiento. Y si acumula 30 años de aportes y contribuciones, podrá jubilarse a partir de los 60 años.
Rigen los siguientes plazos y procedimientos para el alta de la obra social:
1. Sin formulario de opción anterior: alta inmediata. 2. Con formulario de opción anterior: 3 (tres) meses. 3. Con asignación de la SSSalud: 1 (un) mes. En el Régimen de Servicio Doméstico no existe el acceso progresivo a la cobertura de salud.
Para la unificación de aportes regirán los procedimientos establecidos para el Régimen de Monotributo.
LISTADO COMPLETO DE OBRAS SOCIALES QUE ACEPTAN DOMÉSTICOS EN FORMATO EXCEL


3 de julio de 2009
Horas semanales: Nuestro punto de partida!!

Si el empleado trabaja menos de 6 horas semanales: El mismo se asemeja a un servicio normal ( plomero, pintor, instalador, service, etc) con lo cual el empleado debería inscribirse en monotributo y facturar su servicio. En este caso el dueño del hogar sería un contratista.
Si el empleado trabaja de 6 a 16 horas semanales: En este caso el empleado sería un trabajador autónomo pero aplica el regimen previsional del servicio doméstico. El dueño pasaría a ser el dador de trabajo y tendría la obligación de aportar y retener los valores que indica el régimen.
Es importante destacar que hasta aqui no hay relación de dependencia, por lo tanto no existen los supuestos de tener que notificar despidos, licencias, interrupciones de labores, vacaciones, abandono de puesto, etc. solamente se deja de abonar el F102Nm.
En el caso de que el empleado trabaje más de 16 hs ( 4 días / 4 horas) ahi si comienza la relación de dependencia, teniendo el dueño de la casa el nombre de empleador, las cargas del regimen especial de seguridad social y además aplica el estatuto del doméstico con todos sus deberes ( vacaciones, licencias, libreta laboral, indemnizaciones, etc)
Luego de ver esto siempre quedan las situaciones intermedias de si comienza trabajandro 5 horas y luego 8, o si un mes hace 7 y otro 3 horas, básicamente hay que analizar la situación y ver lo más adecuadamente , los meses que pasa el límite de las 6 debería pagar el F102 y cuando pasen las categorias también o sea la categorización es dinámica y se debe ir adaptando a lo realmente trabajado.
En un próximos post vamos a analizar el tema en profundidad el tema de las 16 horas o los 4 días 4 horas cada uno.


22 de junio de 2009
Proyecto de Ley para ampliar la licencia por maternidad

30 de mayo de 2009
Deducción de Ganancias 2008 - Recordatorio
En el caso de autónomos se debe incluir en la DDJJ armado por el contador de la persona informandole en el relevamiento de datos realizado por el profesional la existencia del empleado domésticos y suministrandole los recibos de sueldo, F102 NM pagos, etc.
En el caso de los empleados en relación de dependencia que por sus ingresos el empleador les confecciona la DDJJ de ganancias deben informar a su empleador a traves del F572 la existencia del empleado para que el empleado deduzca el importe correspondiento.
Cordiales saludos y seguimos en contacto...


21 de abril de 2009
Antiguedad en el servicio doméstico. ¿Corresponde el pago de la misma?

24 de febrero de 2009
Aclaraciones respecto del funcionamiento del BLOG
En este blog no se analizan casos particulares ya que es imposible el análisis serio de los mismos y el asesoramiento adecuado que se requiere. Aqui de postea la info del regimen del servicio doméstico y se intercambian opiniones sobre vacios en la ley y nuevas normas. En base a las normas las adecuaciones personales corren por cuenta de los usuarios de la información.
Se cuentan con modos de asesoramiento gratuito que nosotros poseemos los links en este blog y en la página www.portaldeldomestico.com.ar como por ejemplo el Ministerio de Trabajo, AFIP, ANSES, los sindicatos, obras sociales, etc
Por otro lado en caso de necesitar un asesoramiento personalizado por favor contactarse y se cotizarán los honorarios.
Cordiales saludos
8 de febrero de 2009
En Marzo AFIP lanza una nueva moratoria para el personal doméstico
"La moratoria incluirá cero multa", dijo el flamante Subsecretario de Recursos de la Seguridad Social de la AFIP, Ivan Burdassi a Clarín, que agregó que desde que el Gobierno lanzó en 2006 una campaña de regularización del empleo doméstico, la formalización del sector creció fuertemente.Básicamente, creció un 620% lo que significa que de 58 mil empleadas en blanco registradas en 2005, pasaron a estar en blanco unas 418 mil en la actualidad. A pesar del incremento, más de la mitad de las empleadas domésticas del país aún hoy trabajan fuera de las condiciones de formalidad aunque el empleador puede deducir el gasto del Impuesto a las Ganancias, agregó el medio. En otras palabras, unas 582 mil empleadas domésticas cuya situación aún es irregular. Durante diciembre pasado se pagaron aportes por 418.000 empleadas domésticas. Esto representa un aumento cercano al 20% respecto a la última cifra difundida por la AFIP. El funcionario también anticipó "que los cerca de 2.000 ex empleados de las AFJP incorporados por la AFIP" estarán bajo su órbita.


31 de enero de 2009
Se incrementan los aportes para la obra social de los domésticos



9 de enero de 2009
Nueva escala salarial para empleados domésticos CORDOBA

Categorías Valores que rigen desde el 1º de diciembre. Trabajo mensual, con un día de franco semanal (6 días a la semana).
Primera categoría. Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses: $ 1.392,5.
Segunda. Cama adentro sin retiro para todo trabajo: $ 1.292,5.
Tercera. Cama adentro para parte del trabajo (cocina y limpieza, o cocina y lavado, o limpieza, lavado y planchado u otras): $ 1.262,5.
Cuarta. Empleadas con retiro, todo el día hasta las 20: $ 1.262,5.
Quinta. Empleadas con retiro hasta las 15: $ 1.132,5.
Sexta. Empleadas con retiro hasta las 12: $ 940.
Por hora. $ 8,63. En marzo había subido a 6,90 pesos.
2 de enero de 2009
La asignación no remunerativa única de caracter alimentario ($200) también aplica para los domésticos
Copiamos el decreto del boletín oficial: DECRETO (PODER EJECUTIVO) 2314/2008 BO: 31/12/2008
Trabajo y Previsión Social. Asignación no remunerativa única de carácter alimentario. Monto. Trabajadores alcanzados. Fecha de pago
Se fija una asignación no remunerativa única, de carácter alimentario, de $ 200, que será percibida por todos los trabajadores del sector público y privado, se encuentren o no comprendidos en convenios colectivos de trabajo, incluyendo los trabajadores agrarios y del servicio doméstico, cuyo haber mensual neto por todo concepto, excluidas las asignaciones familiares, no exceda de $ 1.240 al 31 de diciembre de 2008. El pago único se hará efectivo entre los días 29 de diciembre de 2008 y 5 de enero de 2009.El trabajador percibirá la asignación en forma proporcional cuando la prestación de servicios correspondiente al mes de diciembre de 2008 fuere inferior a la jornada legal o a la establecida en el convenio colectivo de trabajo que le corresponda.