21 de abril de 2009

Antiguedad en el servicio doméstico. ¿Corresponde el pago de la misma?



Nuevamente nos ponemos en contacto con una duda recurrente en la medida que la empleada doméstica cumple su primer año y es sobre si corresponde o no el pago del concepto antiguedad.

Como en cuestiones anteriores expresamos que la reglamentación de los empleados domésticos data del año 1959 por lo cual es muy acotada (podríamos clasificarla actualmente de discriminatoria) y no contiene muchos de los institutos que posee la ley de contrato de trabajo.


Básicamente en la cuestión de referencia, los trabajadores del servicio doméstico no tienen ningún adicional a su salario básico en las respectivas escalas salariales. Consecuentemente, no existe obligación de pagar el mismo, sin perjuicio de la posibilidad del empleador de establecerlo voluntariamente y determinar su forma de cálculo. En la práctica a la medida que el empleado tiene mayor tiempo en la relación laboral gana cierta pericia y adaptación al hogar en el que trabaja que ciertamente correspondería remunerar pero que actualmente no es obligatorio.


Cordiales saludos

10 comentarios:

Selección de Personal dijo...

En España hay obligación de pagar antigüedad desde el primer día que trabaja la persona. Siempre dándole la parte proporcional al tiempo trabajado.
Conocemos el tema porque somos una agencia de servicio doméstico.
www.rosalozano.com


un saludo
Rosa Lozano

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Muchas gracias por su aporte pero igualmente nuestro blog se basa únicamente en la normativa Argentina tanto de legislación de fondo como en las escalas salariales. Cordiales saludos

Martina Ruiz dijo...

Hola
Hace 20 años que trabajo en negro, como puedo obligar a regulisar la situación a mis patrones ?

Martina
l.c. 13046495

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimada Matina: Por favor asesorate en el sindicato o en el Ministerio de Trabajo para que vean tu caso en particular y te recomienden los plazos a seguir, básicamente deberías intimarlos a que te regularicen pero depende de muchos factores el como hacerlo. Cordiales saludos

Vero dijo...

Muy útil la información. Muchas gracias.

En caso de que el empleador quisiera pagar antigüedad, ¿cúal sería el patrón de cálculo?

Saludos cordiales.

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimada Maria Verónica: Al no ser obligatorio el empleador puede pautar a su criterio el modo de cálculo, lo que si se debería respetar para evitar problemas es una vez abonadoel mismo no se debería poder sacar el adicional ya que forma parte del sueldo. Entre las formas de cálculo podría ser un porcentaje sobre el sueldo 1% por año o un fijo por año $X. Cordiales saludos

Vero dijo...

Muchas gracias por su respuesta.

María Verónica

Anónimo dijo...

hola soy vero trabajo hace 16 años con la misma familia.10 años perdido de aportes y seis años aportados tengo derechos a reclamar los 10años?

Anónimo dijo...

hola trabajo hace 16 años con la misma familia.10 años perdido de aportes y seis años aportados tengo derechos a reclamar los 10años?

Anónimo dijo...

Se puede pasar de un patron a otro sin perder la antiguedad?