30 de marzo de 2010

Ministerio de Trabajo - Nueva página con info del régimen


Como siempre vamos a relevar modificaciones en la página del Ministerio de Trabajo Nacional en la cual se inaugura una sección especial para el Régimen del servicio doméstico.


La misma además de tener los datos básicos, posee además formas de contacto para dudas o consultas como es el correo domestico@trabajo.gov.ar o sino la siguiente linea gratuita opción 5


Adicionalmente posee como novedad, dado que la info disponible en la página se puede encontrar en muchos sitios, los formularios para el Tribunal del Servicio doméstico de mucha utilidad para la presentación de causas por juicios o para rubricar acuerdos entre las partes ante el Tribunal del Servicio doméstico.

2 comentarios:

Unknown dijo...

Cdor. buen día
Le hago una consulta:
Trabajo en una empresa en la cual dentro de la misma hay viviendas para habitacion del personal.
Entre ellas está la vivienda que es propiedad de la empresa pero que utiliza el dueño de la empresa.
El personal que se contrate para hacer tareas de servicio domestico se regiría por esta ley, pero el empleador sería la persona física? o teniendo en cuenta que la propiedad de la casa es de la empresa....puede una empresa ser empleadora en cuanto a servicio domestico se refiere? por lo que entiendo el formulario 102 solamente es para personas físicas...o estoy equivocado y existiría la posibilidad que una empresa contrate servicio doméstico?

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimado Juan:

Creo que es una zona gris,Según entiendo es una relación de dependencia de trabajo doméstico entre el dueño de la empresa y el personal doméstico. No puede aplicar de ninguna forma el estatuto del doméstico en un contexto de una empresa. habria que analizar el caso bien, le recomiendo asesorarse al respecto.