Damos a conocer una noticia de último momento y como se esperaba en el día de hoy el Gobierno aumenta en 22% la remuneración que perciben las empleadas domésticas, incremento que rige a partir de este mes.
La medida que se dio a conocer a través de la resolución 1297/2010 ( http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175284/norma.htm ) emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social eleva a $12,63 el costo de la hora.
La medida que se dio a conocer a través de la resolución 1297/2010 ( http://www.infoleg.gov.ar/infolegInternet/anexos/175000-179999/175284/norma.htm ) emitida por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social eleva a $12,63 el costo de la hora.
Por lo tanto, el nuevo esquema vigente es el siguiente:
REMUNERACIONES A PARTIR DE NOVIEMBRE DE 2010.
PRIMERA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas
de compañía y nurses) $2.037,77.
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas
de compañía y nurses) $2.037,77.
(Personal sin retiro)
(Institutrices, preceptores, gobernantas, amas de llaves, mayordomos, damas
de compañía y nurses) $ 2.271,44.
de compañía y nurses) $ 2.271,44.
SEGUNDA CATEGORIA:
(Personal con retiro 8 hs.)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas,
valets y porteros de casas particulares) $ 1.891,17.
(Personal con retiro 8 hs.)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas,
valets y porteros de casas particulares) $ 1.891,17.
(Personal sin retiro)
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas,
valets y porteros de casas particulares) $ 2.107,43.
(cocineros/as especializados, mucamos/as especializados, niñeras especializadas,
valets y porteros de casas particulares) $ 2.107,43.
TERCERA CATEGORIA:
(cocinero/ra, mucamos/as, niñeras en general auxiliares para todo trabajo, 4
ayudantes/as, caseros y jardineras) $ 1.847,63.
CUARTA CATEGORIA:
(aprendices en general de 16 a 17 años de edad) $ 1.657,50.
QUINTA CATEGORIA:
(personal con retiro que trabaja diariamente).
- 8 horas diarias $ 1.657,50.
- por hora $ 12,63.
Por una labor máxima de 4 horas de trabajo diarias $ 828,75.
“Hora de excedencia” $ 12,55.
La adecuación salarial dispuesta por esta Resolución será de aplicación en todo el territorio de la Nación, con excepción de aquellas provincias que legislen en forma particular sobre la materia.
Seguramente en los próximos días tambien se actualice la escala salarial aplicable a Córdoba.
21 comentarios:
me gustaria saber cual es el pago de las empleadas de la sexta categoria por que no esta publicado y yo pertenesco a esa categoria... muchas gracias...
Yo no sé a que categoría pertenece pero me guataría saber cuanto se le debe pagar a una empleada que cumple 9 horas semanales y a cuanto asciende el aporte jubilatorio, este último se debe descontar del sueldo o lo debe para el dador de trabajo?
yo quisiera saber como le pago a la empleada como el estatuto de buenos aires o el de cordoba po ue en los noticieros solo ah salido el de buenos aires y resto del pais no el de cordoba que lio por dios por que no hacen el de cordoba igual quel del resto del pais
Buenas, mi consulta es sobre que categoria le corresponde a la señora que cuida a nuestro bb; ya que trabaja 5hs por día de Lunes a viernes; o si esta bien la liquidación que le estoy haciendo por horas.
Alejandro, buenas tardes! Quisiera saber si tenés alguna noticia sobre los aportes, porque hasta ahora no me he enterado que hayan cambiado (en el nuevo formulario siguen los $81.75 para 16 horas). Muchas gracias!!! Lucía
Quisiera saber si el aumento otorgado por el gobierno, hay que pagarlo todo junto a finde noviembre o hay una escala para noviembre y luego el resto en diciembre. Muchas gracias
Ya salio la escala para la provincia de CORDOBA?? no encuentro la resolucion aun y estamos a 3/12/10.
gracias
Quisiera saber si el aumento otorgado por el gobierno, rige de la misma manera en la escala salarial para la provincia de CORDOBA?? en caso que fuere asì desde que mes se debe hacer efectivo?
La empleada encuadrada dentro de la Quinta Categoría tiene que trabajar 8hs diarias de luenes a viernes? y sábado no.
Que tipos de tareas contempla este Categoría?.
Desde ya muchas gracias y a la espera de una respuesta favorable.
Sdos
gracias
Estimada la sexta categoría corresponde a los sueldos aplicables para Córdoba y no a las escalas nacionales, en esots días suponemos que Córdoba actualizará sus escalas.
Cordiales saludos
Estimados: Las consultas de encuadre no realizamos por este medio, por favor asesorarse gratuitamente en el Sindicato, Ministerio de Trabajo o solicitar presupuesto para nuestro servicio gestión y liquidación mensual. Cordiales saludos
Efectivamente Lucia, siguen siendo los $81.75 que figuran en el formulario actualizado F102 B y F575 B y no he visto comentario respecto de la actualización de los mismo.
Estimados al dia de la Fecha no se encuentra normativa publicada de Córdoba, el aumento publicado no aplica a Córdoba ya que es nacional. Suponemos que en breve se publicará la actualización. Cordiales saludos
A ver si por aqui, España, el gobierno tambien empieza a tomar medidas.
Puesto si se regulase correctamente las empresas de servicio domestico no lo tendriamos tan complicado.
Un saludo.
www.deixem.net
Necesitaría saber si para una empleada que cobra mensualmente los viáticos se pagan aparte o ya se cuentan dentro del salario.
Muchas gracias.
Estimada Maria: Las escalas salariales que se publican de los empleados domésticos son retribuciones mínimas legales que solo tienen en cuenta al trabajo por lo general y según usos y costumbres los viáticos se abonan por separado y serían un recupero de los gastos incurridos por el empleado.
Cordiales saludos
Hola, me gustaría saber si el aguinaldo de diciembre debo calcularlo como la mitad de 828 que fue lo percibido en noviembre o hacer el prorrateo de todo lo liquidado .
Gracias, Verónica
Hola,
por favor, quisiera me informen cuanro debería pagar por los sabados
5 hs. y por finde (c/retiro) 10 horas (5 el sabado y 5 el domingo).
gracias.
susana.
Estimadas, no brindamos asesoramiento personalizado por este medio, por favor solicitar su presupuesto con respecto al medio aguinaldo el regimen no especifica la forma de cálculo. Cordiales saludos
Alejandro, buenas tardes! Quisiera saber si aumentaton los aportes a partir de enero 2010 para 16 horas. Hoy fui a pagar y me cobraron $ 95. Muchas gracias!!! Sara
Hola mi consulta es sobre el calculo de sueldo: la persona que cuida a mi hija esta 19 hs semanales de martes a viernes y yo pago proporcional a los 828 que corresponden por 4 hs diarias ya que trab tres dias 5 hs y uno 4 hs. Esta bien?? graciasss!!
hola estuve leyendo la pagina, y no encuentro nada al respecto, la persona que trabaja en mi hogar me reclama que se ha dado un aumento de sueldo, no puedo hallar nada legal al respecto es asi?
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