En el día de la fecha también se publicó las nuevas escalas salariales para la provincia de Córdoba, es de destacar que en esta oportunidad las modificaciones fueron simultáneas no generando incertidumbre en los empleados de Córdoba.
Como siempre hay que agregar que son sueldos mínimos legales que impone el Ministerio de Trabajo por lo tanto, todo se puede pactar por encima de los mismo de acuerdo a lo que se convenga con el empleado o lo que determine la oferta y demanda del servicio.
REGIMEN DE TRABAJO DEL PERSONAL DOMESTICO (DECRETO-LEY 326/56)REMUNERACIONES CONFORME LAS CATEGORIAS DELDECRETO Nº 3922/75 DE LA PROVINCIA DE CORDOBAA PARTIR DE 1º DE NOVIEMBRE DE 2011.
$ 2.526,34
SEGUNDA CATEGORIA: (Empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en general empleados y auxiliares para todo trabajo)
$ 2.344,91
TERCERA CATEGORIA: (Empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo: a) cocina, limpieza; b) cocina y lavado; c) limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico)
$ 2.290,88
CUARTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 2.290,88
QUINTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 2.054,64
SEXTA CATEGORIA: (Empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera)
$ 1.705,40
Fíjase la retribución mínima para el personal doméstico que trabaje por hora en la suma de PESOS QUINCE CON SESENTA Y CINCO CENTAVOS ($ 15,65.-) la que tendrá vigencia a partir del 1º de noviembre de 2011.
Les dejo la norma completa:
5 comentarios:
no entiendo eso de $15,65 el valor de la hora para el personal domestico que trabaje por hora. Soy empleadora y mi empleada me dijo que el precio de la hora, a partir de noviembre de 2011 es de $22. estoy pagando bien ?? muchas gracias
hola. Necesito que me orientes para hacer bien las cosas. Gabriela trabaja en casa 4 veces a la semana, 3 horas por día. Le pago 1000 pesos y aguinaldo en julio y en dic, ademas de 15 dias de vacaciones. Si le pagara por horas los $22.80, como se calcula el mes, teniendo en cuenta que algunos meses tienen mas días que otros? Debo contar los días trabajados? Y si hay un feriado, ese día no cuenta? Y por fin, el aguinaldo ¿como se calcula?
Muchas gracias
Valeria
Hola te escribo desde Paraná para hacerte una consulta. Una Sra. amiga de mi mamá trabaja como empelada doméstica con cama adentro y le descuentan según el decreto 6154/88 art 6 el 25% de su sueldo por vivienda y el 15% de su sueldo por alimentos, podrías decirme si estos descuentos son legales, he estado buscando por internet y no he encontrado nada. Desde ya muchas gracias. El mail de contacto de mi mamá es carolinabattiata@hotmail.com
cuanto debo pagar la hora a mi empleada doméstica. soy de córdoba. Ella me cobra $22.90 más aguinaldo.... está bien? veo que la hora vale $15.65! no entiendo..... viene 10 hs semanales; estoy obligsada a pagar aportes, etc. Y por último ¿debo hacerle recibos?. Gracias
es una vergüenza que las empleadas domesticas no tengamos ART,no podamos cobrar el fondo de desempleo, a la final somos trabajadores como que asemos nuestros aportes y no tenemos a nadie que nos defienda ni vele por nuestros derechos
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