5 de septiembre de 2008

Formulario del Regimen Simplificado F102


Hoy vamos a comentar un poco los formularios del régimes del servicio doméstico en el caso del F102 en la pagina de AFIP se consigue tanto en versión PDF como en PDF interactivo. La versión PDF es para imprimir y llenar a mano, en cambio la PDF interactiva permite completarla en la PC pero es importante saber que no permite guardar los datos cargados en el mismo.


En el caso del formulario F102 NM lo primero que se debe completar es el CUIL del empleado doméstico y luego el período de liquidación. Paso siguiente se marcará la opción correspondiente a las horas que el empleado se desempeña en el hogar del dador de trabajo.

Hay tres opciones trabajador activo, jubilado o menores se debe marcar la que corresponde y poner el monto a pagar de acuerdo a la misma. En el caso del interactivo el campo monto a pagar se completa solo al marcar la opción determinada.


Paso siguiente esta el campo para el caso de que por pagar fuera de termino se deben intereses en otro post vamos a explicar como calcular los mismos.


Nos encontramos actualmente con la nueva parte del formulario que vendría a ser un recibo de pago del empleado. Es importante recalcar que en los casos de que la relación laboral se encuentre bajo el estatuto del domestico ( +16 horas semanales en nuestra interpretación) este recibo complemente pero no sustituye al recibo de sueldo ya que se necesita un recibo donde se puedan cargar todos los conceptos, vacaciones, aguinaldo, ausencias. En cambio el recibo obrante en el formulario pareciera más un simple recibo de pago.


Se completa con los datos del CUIL del dador de trabajo ( debe ser el mismo que luego se deduciría en ganancias al empleado) domicilio de trabajo, apellido y nombre y monto de la retribución el mismo se encuentra por duplicado afin de cada parte tener un comprobante y luego que se paga se completa con el numero de comprobante de pago.


Bueno creo que no hay ninguna cosa más importantes, sino hagan sus consultas o comentarios en este post.


Cordiales saludos

22 comentarios:

Anónimo dijo...

Hola, quería preguntar si en el domicilio laboral del F102- pueden figurar dos domicilios- Ya que la persona trabaja en mi casa 2 veces por semana 12 horas y 1 dia en lo de mi hijo 5 horas. En total trabaja 17hs. Y yo soy la que le pago y la que va hacer los aportes. Desde ya muchas gracias
Lila

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Buenas a los efectos de su caso serían 2 relaciones laborales diferentes, y por cada una se debería pagar un formulario 102 por la cantidad de horas que cumple en la casa. En el caso de la relación de 5 horas no hay obligación de estar en el régimen especial del servicio doméstico. Cordiales saludos

Anónimo dijo...

Hola, tengo forma de saber si como empleador estoy al día? Por ejemplo, no sé si en algún momento pagué los aportes después del vencimiento (qué tampoco sé si hay o cuál es). Gracias.

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimada, en la pagina de AFIP tiene el calendario de vencimientos de los empleados domésticos tanto formularios F102 como F575, en caso de necesitar una auditoria de la relación con la empleado doméstica, control de formularios, legajo, pagos, etc por favor solicite presupuesto a nuesta dirección info@empleadosdomesticos.com.ar Saludos

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimada, en la pagina de AFIP tiene el calendario de vencimientos de los empleados domésticos tanto formularios F102 como F575, en caso de necesitar una auditoria de la relación con la empleado doméstica, control de formularios, legajo, pagos, etc por favor solicite presupuesto a nuesta dirección info@empleadosdomesticos.com.ar Saludos

Anónimo dijo...

hola soy empleada domestica y quisiera saber si me corresponde el aguinaldo, empese 15 de febrero y cuanto me corresponderia?trabajo 6 horas dias ,de lunes a sabado.gracias.saludos

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimada: Al parecer le correspondería el aguinaldo ya que por la cantidad horaria aplicaría el Estatuto del doméstico. Le aconsejo solicitar asesoramiento gratuito en el Sindicato afín de hacer valer su derecho.

Cordiales saludos

gloriah dijo...

HOLA!TENGO MUCHAS DUDAS Y QUISIERA SABER QUE DEBO HACER PARA BLANQUEAR A MI EMPLEADA, TRABAJA MAS DE 16 HORAS SEMANALES¿QUE FORMULARIOS DEBO LLENAR ADEMAS DE 102?¿PARA ABONARLEW LO DEBO HACER DIRECTAMENTE EN CUALQUIER BANCO?¿COMO CALCULO EL SUELDO TOTAL Y LOS APORTES JUBILATORIOS, LA OBRA SOCIAL?

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Estimada Gloriah:

Te comento que no brindamos asesoramiento personalizado por este medio, y dado las consultas tan genéricas te recomiendo una entrevista de asesoramiento sobre el régimen de los domésticos. En caso de estar interesada por favor ponete en contacto con nosotros

Cordiales saludos

Anónimo dijo...

hola queria saber si despues de un tiempo de efectuar los pagos del F102 puedo continuar pagandolos ya vencidos desde ya muchas gracias.

Anónimo dijo...

hola no efectue pagos hace ya un tiempo razonable y queria saber si puedo pagar con los F102 que tengo vencidos;tengo que pedir al empleador que me actualice los formularios espero su respuesta desde ya muchas gracias.

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

La consulta viene por el lado que estuviste trabajando y no pagaste algunos meses el F102? Se puede pagar con los formularios viejos pero se deben agregar los intereses por los atrasos. Por otro lado tene en cuenta que para tener la cobertura social vas a tener que regularizar tu situación. Saludos

Anónimo dijo...

Hola, felicitaciones por el blog, es difícil encontrar buena info del tema. Quería preguntar si saben como conseguir el formulario 102NM pero en formato interactivo, para cargarlo desde una PC. En el sitio de afip aparecen los dos, el comun y el interactivo, pero los bajo y son lo mismo, ambos comunes en pdf. Gracias, Saludos. MN

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

El link en la página de AFIP esta mal te paso el link real http://i.afip.gov.ar/genericos/formularios/archivos/interactivos/f102NM.pdf que apareció en nuestra nota http://portaldeldomestico.blogspot.com/2008/05/afip-realiza-campaa-con-la-actualizacin.html Saludos

Anónimo dijo...

Tengo una empleada doméstica que trabaja 12 horas semanales, pero quiero pagarle el aporte completo¿puedo tildar el item más de 16 horas y pagar todo yo? o tengo que indefectiblemente hacer el otro formulario como si pagara ella la diferencia? gracias.

Mariana dijo...

Entiendo que desde enero 2011 para +16 horas hay que pagar $95. Pues bien, no logro encontrar en la web, ni en el portal de AFIP* un formulario interactivo actualizado para descargar.
*(el de AFIP está actualizado, pero al tildar +16 horas automáticamente se escriben $55 cuando deberían ser $95).
Aguardo sus comentarios, saludos
Mariana

Gabriela dijo...

Hola, quisera consultar si debo pagarle aportes a mi empleada. trabaja en casa hace 1 mes, 9 horas semanales (3 horas 3 veces x sem)y donde averiguo lo que debo pagarle, gracias!!

Anónimo dijo...

Contador: Tengo un problema que no se solucionar. Hace dos meses trabaja en mi casa una empleada paraguaya con dni de su pais y permiso de residencia. El primr mes quise al llenar el formulario de la Afip,102, debia colocar su cuil y no lo tenia. Le pedi muchas veces que lo consiga. Hoy debo pagar su segundo sueldo y tampoco puedo hacer los aportes. COmo puedo conseguir yo su cuil?. O debo decirle que no venga mas a trabajar?No quiero tener problemas...y ser buena en este pais, sale caro.

Anónimo dijo...

Una consulta general seria: si la empleada extranjera con permiso de residencia y documento de su pais, no trae el CUIL. Puede el empledor pedirlo a la AFIP? o es un trámaite personalizado también?. En el caso de que se nieguen a traerlo...debe despedirse al trabajador?

Luz dijo...

Hola... tengo la siguiente consulta: si por un mes el empleado no trabaja, ¿debo abonar igual? O simplemente no pago y pago al mes siguiente?

Anónimo dijo...

Buenas... que dice el sistema en caso de embarazos y que la empleada no pueda venir porque es riesgoso?
Gracias
Maria

Dauphine dijo...

Hola
Quisiera saber como determinar la remuneración mínima para mucama NO especializada sin retiro, que no puedo catalogar exactamente ni en Segunda ni en Tercera Categoría. Más aún, no me queda claro si se considera con o sin retiro cuando el/la empleada se retira por ejemplo día por medio.
Gracias.
Saludos