16 de febrero de 2010

Certificación de Servicios para empleados domésticos

Una de la principales consultas en la extinción de la relación laboral ya sea por despido, renuncia u otro motivo es si el empleado doméstico tiene el derecho de solicitar el certificado de servicio.
Y la respuesta es si, existe la obligación para los empleadores a otorgar a los empleados domésticos (inclusive cuando estos lo soliciten) y en todo caso de extinción de la relación laboral.
Es de aclarar que la certificación en estos casos no es la de ANSES que actualmente se emite por internet ya que el sistema se nutre de los datos de mi simplificación y de las prersentaciones del sistema SICOSS y los empleados domésticos no tienen estos sistemas. Tampoco corresponde el certificado del ART 80 de la LCT ya que la misma no aplica a los mismo. Simplemente debe ser un certificado de trabajo y remuneraciones a los efectos de probar la relación laboral ya que puede ser necesario para presentar ante otros empleadores, antes un Banco, para poder alquilar, ect.
Sobre como debe ser el mismo no hay muchas precisiones y entendemos que debería contener los datos del empleado, tareas, categoria, tiempo de prestación, sueldo, aportes y contribuciones.

7 comentarios:

Anónimo dijo...
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Anónimo dijo...

Siendo que no aplica el certificado de servicios de Anses ni el de la LCT, un empleador puede preparar un documento con los datos requeridos para certificar el servicio? es válido legalmente esto o hay que hacerlo certificar con alguna autoridad(ejem: escribano, juez de ???, algun representante del ministerio de trabajo.) Agradeceré una respuesta. Silvia

Cdor. Alejandro Scachi Portal del Doméstico /Domest Gestión del personal doméstico. dijo...

Entiendo que se debería certificar la firma como de cualquier documento de modo bancaria, policial, escribano o juez de paz.

Cordiales saludos

Anónimo dijo...

Muy buen articulo, estoy casi 100% de acuerdo contigo :)

Anónimo dijo...

Buen articulo, estoy de acuerdo contigo aunque no al 100%:)

Anónimo dijo...

si la empleada domestica al solicitar la certificacion por telegrama solicita un período superior al q corresponde , puedo dejar constancia de ello al momento de contestar?
lA VERDAD MUY BUENO EL ARTICULO

Unknown dijo...

Buen dia,
en caso de muerte del dador de trabajo, ¿la certificación de servicios la debería firmar un derechohabiente? Hay un formulario en la pagina de ANSES PS 6.293. Sabes si lo estan utilizando?
muchas gracias
Mercedes